El TC ha establecido que las empresas no pueden despedir a los trabajadores por acudir a los sindicatos para defender sus derechos.

La Corte acoge el recurso de amparo de un empleado cesado después de poner una reclamación contra la compañía por incumplir sus condiciones laborales ante el presidente del Comité de empresas. El afectado pidió a la representación de los trabajadores que intermediara con el empleador. El Constitucional avala la sentencia del Juzgado de lo Social número 6 de Las Palmas de Gran Canaria que anuló el despido. El fallo señala que la compañía lesionó la garantía de indemnidad del trabajador, que exige que las compañías no puedan tomar represalias contra los empleados por reivindicar sus derechos. La sentencia señala que el objetivo de la garantía de indemnidad es evitar disuadir a los trabajadores de ejercer su derecho a la tutela judicial efectiva en defensa de sus intereses.

Data publicació: 12/09/2025
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