El TS se pronunciará sobre la base que debe tomarse como referencia para aplicar una exención en el IP

Ha admitido un recurso de casación en el que deberá decidir si la "principal fuente de renta" del contribuyente debe calcularse tomando como referencia la base imponible o la base liquidable del IRPF, especialmente en lo que respecta a la aplicación del mínimo personal y familiar. Señala el auto que la resolución del asunto es de interés casacional objetivo no solo porque afecta a todos los supuestos de sujeción al IP con actividad empresarial o profesional, sino también porque su interpretación se proyecta sobre otros tributos, como el ISD por remisión expresa.

Fecha publicación: 08/07/2025
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